Juicio contra responsables de masacre de Barrios Altos

DPLF presenta opinión jurídica solicitando que nuevo fallo se apegue al derecho internacional

 

En julio de 2012, la Corte Suprema de Perú dictó una sentencia que favorecía a miembros del grupo paramilitar Colina, condenados por las ejecuciones extrajudiciales ocurridas en 1991 en el vecindario de Barrios Altos en Lima, y por las desapariciones forzadas de pobladores del Valle de Santa y del periodista Pedro Yauri, ocurridas en 1992. Esta decisión generó serias críticas porque declaró que los hechos no constituían crímenes de lesa humanidad, lo que provocó un pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos al respecto y la posterior anulación de la sentencia cuestionada por la propia Corte Suprema, quien ordenó se emitiera un nuevo fallo.

El día de ayer, 10 de enero de 2013, la Corte Suprema de Justicia llevó a cabo una audiencia antes de emitir el nuevo fallo. DPLF ha enviado a la Sala Penal Permanente a cargo del caso una opinión jurídica señalando que los hechos atribuidos al grupo Colina constituyen crímenes de lesa humanidad según el derecho penal internacional. Esperamos que estos argumentos sean tomados en cuenta en la nueva sentencia y que ésta se apegue al derecho internacional.

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