Este día, 5 de junio de 2017, la Fundación para el Debido Proceso (DPLF, por sus siglas en inglés) y el Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (IDHUCA), presentan un escrito de Amicus Curiae ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera, Morazán, en el marco del proceso penal donde se investiga a los responsables por los crímenes cometidos en la masacre de El Mozote, tras su reapertura en septiembre de 2016. Hasta ahora, 18 ex miembros de la Fuerza Armada han sido acusados por 9 delitos, entre ellos, homicidios graves y violación sexual, según la legislación penal de la época.
Este es el primer proceso judicial reactivado luego de la inconstitucionalidad de la ley de amnistía general, en agosto de 2016, y el único referido a las atrocidades de la guerra que muestra avances.
La masacre de El Mozote se refiere a una serie de matanzas contra población civil cometidas por el batallón Atlacatl de la Fuerza Armada salvadoreña, durante un operativo militar realizado los días 10, 11 y 12 de diciembre de 1981, en las aldeas de El Mozote, La Joya y Los Toriles, en el norte del departamento de Morazán.
Según la Comisión de la Verdad, aproximadamente 900 hombres, mujeres y niños campesinos fueron asesinados en ese operativo. Se le considera el mayor acto de violencia contra población civil cometida por agentes estatales y la peor masacre en la región americana en las décadas pasadas.
En diciembre de 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo que los hechos esta masacre configuran graves violaciones a derechos humanos, y cuentan con elementos para ser calificados como crímenes internacionales.
En esa línea, el propósito del Amicus Curiae es demostrar que es posible calificar los hechos usando delitos previstos en el Código Penal de 1973 (asesinato, violación agravada) y al mismo tiempo calificarlos como crímenes internacionales (de guerra y/o de lesa humanidad), sin que ello violente el principio de legalidad. Todo de acuerdo a la sentencia de inconstitucionalidad antes mencionada.
Esta “doble calificación” tendría un efecto simbólico importante en las víctimas y la sociedad, pues reflejaría la gravedad del daño ocasionado y el grado de intencionalidad: la masacre del Mozote fue un ataque generalizado a la población civil, como parte de una política estatal de exterminio, no fueron hechos aislados.
Esta es la primera vez que se usa la figura del Amicus Curiae en un proceso penal en El Salvador. Los escritos de Amicus Curiae (amigo de la Corte o amigo del Tribunal) se presentan en casos de trascendencia colectiva – como la masacre de El Mozote– ante una autoridad judicial por personas que no son partes en el proceso, pero que desde su independencia y conocimiento especializado del tema aportan argumentos técnico-jurídicos para el debate. La presentación de Amicus Curiae, además de ser una práctica regulada en varios países, ha sido reconocida y reglamentada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Penal Internacional.
Como DPLF e IDHUCA, esperamos que este aporte sea tomado en cuenta por el Juez Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera, en las decisiones que habrá de adoptar, conforme con el derecho interno y el derecho y la jurisprudencia internacional obligatoria para El Salvador, en materia de derechos humanos.