- La imposición de la figura de “jueces sin rostro” para todas las magistraturas penales del país vulnera garantías esenciales sobre imparcialidad judicial, publicidad y debido proceso, y por ello es rechazada de forma unánime por el Derecho Internacional, incluso en situaciones de combate al terrorismo.
- Las reformas introducidas en el régimen de excepción facultan a la Fiscalía General de la República a modificar a su conveniencia la competencia de los jueces penales, que solo puede ser establecida por la ley. También se crean juzgados y tribunales especiales para casos de intervención de telecomunicaciones y contra el crimen organizado, pero se desconocen tanto el proceso como los criterios para designar a quienes los integran, vulnerando la garantía de juez independiente e imparcial.
San Salvador, 10 de octubre de 2023.- La Fundación para el Debido Proceso (DPLF) ha presentado hoy la tercera entrega de su serie (In)Debido Proceso, que está centrada en las violaciones a las garantías procesales en el contexto del régimen de excepción vigente en El Salvador. Este tercer informe, titulado “Jueces sin rostro y otras violaciones a la garantía de juez independiente e imparcial”, destaca vulneraciones muy preocupantes, especialmente enfocándose en la controvertida figura de los “jueces sin rostro”, que ha sido impuesta en El Salvador a toda la justicia penal.
Desde la implementación del régimen de excepción en marzo de 2022, impulsado por el presidente Nayib Bukele, reformas legales significativas han transformado de forma permanente la estructura del Poder Judicial en el país, así como el diseño de los procesos penales. El informe revela que una de las medidas más inquietantes y peligrosas es la creación de los “jueces sin rostro” o de identidad reservada, una figura que socava flagrantemente el debido proceso, la independencia e imparcialidad judicial.
Aunque inicialmente es presentada como una medida para proteger la seguridad de las y los operadores de justicia involucrados en casos penales del régimen, la implementación de “jueces sin rostro” ya ha demostrado ser inadecuada, innecesaria y desproporcionada en otros contextos, incluso en el marco de la lucha contra el crimen de terrorismo. Esta figura obstaculiza la capacidad de las personas acusadas para identificar posibles conflictos de interés o impedimentos en el juez a cargo de su caso, y pedir que se aparte del caso, representando así una amenaza directa a su derecho a ser juzgados por jueces y juezas imparciales.
El informe también destaca la creación de nuevos juzgados para casos de intervención de telecomunicaciones y tribunales contra el crimen organizado, que podrían calificar como tribunales ad hoc, cuya imposición es rechazada por el Derecho Internacional. Asimismo, el proceso de nombramiento de quienes los integran no ha sido ni transparente ni público, y se desconocen los criterios utilizados para la selección, lo que viola directamente la garantía de independencia judicial contenida en la Constitución de El Salvador y en tratados internacionales.
Otro aspecto muy preocupante, es que se ha otorgado a la Fiscalía General de la República la facultad de agrupar causas penales y determinar la competencia de los juzgados bajo criterios laxos, lo que afecta gravemente la garantía del juez predeterminado por la ley –conocida como juez natural– pero también la igualdad de armas procesales, pues esto permite que solo una de las partes del proceso penal, la Fiscalía, pueda influir para alterar la competencia judicial a su favor.
“La independencia judicial y la imparcialidad son pilares fundamentales del Estado de derecho que no pueden comprometerse en ninguna circunstancia, ni siquiera en momentos de excepción. La figura de jueces sin rostro o de identidad reservada, no solo a los jueces que conocen los casos del régimen, sino a toda la justicia penal del país, es una violación directa al debido proceso y a la independencia judicial. Su existencia no solo debe ser derogada, se debe buscar medidas de protección alternativas y adecuadas para garantizar la seguridad de las autoridades judiciales si fuera necesario”, destacó Úrsula Indacochea, directora de programa de Independencia Judicial de DPLF.
En su informe, DPLF concluye que las reformas relativas a la creación de jueces y tribunales de identidad reservada, la instauración de tribunales y juzgados especiales o ad hoc, y las reformas que permiten a la Fiscalía General modificar la competencia de los tribunales ordinarios a su propia conveniencia y en base a criterios amplios, variados e indeterminados, trastocan el sistema de justicia penal y generan un impacto grave en el sistema democrático. Asimsimo, reitera que la vigencia del régimen de excepción no exime al Estado salvadoreño de su obligación de garantizar a las personas detenidas y juzgadas bajo ese régimen, su derecho a ser oídos y juzgados por una autoridad judicial competente, independiente e imparcial.
Con esta nueva entrega, DPLF reafirma su compromiso con la democracia y la defensa de los derechos humanos, instando a las autoridades de El Salvador a tomar medidas para garantizar un sistema judicial transparente e imparcial que proteja los derechos civiles y la justicia para toda la ciudadanía. DPLF continuará monitoreando la situación y trabajando en colaboración con la comunidad internacional y las organizaciones locales para promover la justicia y el Estado de Derecho en El Salvador y el resto de América Latina.
Nota a editores:
- Para descargar el informe Jueces sin rostro y otras violaciones a la garantía de juez independiente e imparcial de la serie (In)Debido Proceso haga click en: https://bit.ly/juecessinrostro-sv
- Conozca la serie completa (In)Debido Proceso: Análisis de las reformas que acompañan el régimen de excepción en El Salvador, visite: http://bit.ly/indebidoproceso-sv
- Información de contacto para entrevistas: Karen Arita, (+504) 3373-5772 | karita@dplf.org