Estado de excepción y populismo punitivo en El Salvador

Publicado originalmente en el blog Agenda Estado de Derecho del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.

Tras un fin de semana violento en El Salvador, con más de 80 homicidios cometidos presuntamente por pandillas, a solicitud del presidente Nayib Bukele vía Twitter y sin ninguna discusión, la Asamblea Legislativa aprobó un decreto de estado de excepción por 30 días -prorrogado por otros 30 días-, con el cual se suspenden derechos fundamentales como el de reunión y asociación, y otros que forman parte de las garantías judiciales: los derechos a saber los cargos que se le imputan, a contar con abogado/a, y a no confesar contra sí mismo.

Esta reacción frente a la escalada de violencia se explica, en parte, porque el gobierno de Bukele ha asentado el éxito de su política de seguridad en el descenso de la tasa de homicidios, especialmente dado que, hasta hace unos años, El Salvador ocupaba los primeros lugares en el mundo en ranking de muertes violentas. Se desconoce las razones del súbito aumento de asesinatos, pero expertos sugieren que se debe a una fractura de un pacto secreto entre este gobierno y las pandillas para reducir la violencia letal a cambio de beneficios financieros e impunidad.

Sin duda, la violencia endémica que ha enfrentado El Salvador por años, incluyendo este episodio, demandan acciones urgentes que protejan la vida y la integridad de las personas frente a la criminalidad; pero, este estado de excepción y las otras medidas represivas adoptadas han levantado alarmas nacionales e internacionales debido a que contradicen los más básicos derechos humanos. Cabe recordar, que estas recientes decisiones de la actual administración se dan en un contexto de deterioro del Estado de derecho y cooptación del sistema judicial.

El estado de excepción y sus problemas jurídicos

Los regímenes de excepción son mecanismos de última instancia que utilizan los Estados para afrontar una crisis grave, mediante los cuales se otorgan facultades extraordinarias, generalmente a los poderes ejecutivos, y consisten en la suspensión temporal de ciertos derechos mientras persistan las condiciones de anormalidad, bajo el cumplimiento estricto de ciertos requisitos. Sin embargo, la experiencia latinoamericana, como en el caso de los estados de emergencia decretados por Alberto Fujimori en Perú para supuestamente combatir el terrorismo, demuestra que estos regímenes pueden fácilmente transformarse en una herramienta de abuso del poder; para controlar, no una situación crítica, sino a la oposición política o simplemente a quienes piensen distinto.

En este caso, el estado de excepción aprobado, se basó en el artículo 29 de la Constitución política, que los autoriza en casos de guerra, catástrofe o graves perturbaciones del orden público. No obstante, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, antes del despido de todos los jueces por el presidente Bukeleha interpretado que un alza en la criminalidad, aunque pueda ser una emergencia, no encaja en esos supuestos, ya que, en ese tipo de circunstancias, las leyes existentes y las instituciones establecidas deberían ser suficientes para enfrentar el problema.

Otro aspecto problemático del estado de excepción salvadoreño es la suspensión de garantías judiciales. En la Opinión Consultiva OC-9/87, la Corte Interamericana de Derechos Humanos establece que “[e]l concepto de debido proceso legal recogido por el artículo 8 de la Convención debe entenderse como aplicable, en lo esencial, a todas las garantías judiciales referidas a la Convención Americana, aun bajo el régimen de suspensión regulado por el artículo 27 de la misma”. Es decir, que los principios del debido proceso legal (presunción de inocencia, derecho de defensa, etc.) no pueden suspenderse en estos casos, pues son elementos sustanciales de las garantías judiciales.

Populismo punitivo y violaciones de derechos humanos

Mas allá de la letra del decreto, en las primeras dos semanas de vigencia del estado de excepción, ha quedado claro que la administración de Bukele lo han usado con fines de populismo punitivo, generalizando un discurso que defiende la expansión del catálogo de delitos, el aumento de penas y el uso de la cárcel como las medidas más apropiadas para resolver el problema de la criminalidad.

Al amparo de este decreto, las fuerzas de seguridad han aumentado el asedio a comunidades pobres, inundando las calles con policías y militares. El presidente Bukele asegura que los asesinatos han disminuido drásticamente y celebra la detención de más de 13.000 “pandilleros”, una cifra escandalosa para un país muy pequeño, con tan solo 6,5 millones de habitantes.

La masividad de estas capturas plantea problemas serios para la individualización y la investigación eficientes. Además, se ha denunciado la práctica de detener a cualquier persona considerada sospechosa de pertenecer a estas estructuras, sin mediar ninguna orden de detención. Aunado a que, cientos de personas buscan información sobre sus seres queridos capturados en los centros de detención, muchas veces con poca suerte y sufriendo estigmatización. A estas acciones le siguió un paquete de reformas regresivas a 6 leyes penales, el aumento del presupuesto para seguridad y una normativa que crea un esquema de recompensas para quienes aporten información que lleve a la captura de miembros de pandilla.

Estos cambios legislativos, además de aumentar los años de cárcel para el delito de “agrupaciones ilícitas” que es básicamente la mera pertenencia a pandilla, (de 40 a 45 años de prisión por dirigir una pandilla, mientras antes eran 14 años, y de 20 a 30 años por ser solo un miembro, y previamente eran de 3 a 5 años), disminuir la edad límite de 16 a 12 años para laresponsabilidad penal juvenil e incrementar indefinidamente el plazo de la detención provisional, de un plazo máximo de dos años se extendió hasta que finalice el proceso penal, también crean figuras como la de “jueces sin rostro”, cuya identidad no será revelada durante el proceso, y habilita el uso de testigos de referencia que, hasta la fecha, se usan solo como última opción.

En otra medida problemática, el presidente Bukele anunció que los presos pandilleros “terroristas” estarán bajo aislamiento prolongadocon comida y agua racionada, lo cual contradice los estándares internacionales que señalan que el aislamiento o confinamiento solitario de una persona privada de libertad sólo se permitirá como una medida “estrictamente limitada en el tiempo”, como último recurso y bajo supervisión judicial, e incluso podría ser considerado como tortura según el derecho internacional.

Queda claro que El Salvador se encuentra es una espiral autoritaria, que no tiene una salida fácil, cualquier solución deberá pensarse con creatividad, y asumirse como compromiso con alianzas estratégicas entre actores nacionales e internacionales, de todos sectores. (Te puede interesar: ¿Camino a una dictadura millenial? De Katya Salazar)


* Directora del Programa de Impunidad y Graves Violaciones de Derechos Humanos, Fundación para el Debido Proceso (DPLF).

Fotografía: Foto tomada de presidencia.gob.sv, a través de Agenda Estado de Derecho.

Picture of Leonor Arteaga

Leonor Arteaga

Directora de programa de DPLF