Las violencias invisibles contra juezas y fiscalas

Cuando en julio de 2021, la jueza Soledad Blácido ordenó al Congreso peruano suspender la elección de magistraturas al Tribunal Constitucional, ante evidencia de graves irregularidades, los diarios exhibieron la fotografía de su rostro en primer plano y los congresistas se unieron para calificarla como una “jueza de cuarta categoría” debido que ejercía el cargo en un régimen de provisionalidad. En Guatemala, la funcionaria judicial que más denuncias acumula en su contra -alrededor de 80- es Erika Aifán, valiente jueza a cargo de los complejos casos de corrupción contra las élites más poderosas del país. Para afectar su independencia, grupos de poder han llegado incluso a cuestionar su estabilidad mental, y a solicitar que se le practiquen pericias psiquiátricas. ¿Qué tienen en común estas formas de violencia? ¿Es la criminalización y la violencia contra las mujeres que integran los sistemas de justicia, diferente a la que enfrentan sus pares varones? 

El informe más reciente del Relator Especial de Naciones Unidas sobre la Independencia de Jueces y Abogados, Diego García-Sayán, titulado “Participación de la mujer en la administración de justicia”, aborda los diversos obstáculos que afectan la mayor presencia, ascenso, y permanencia de las mujeres en los sistemas de justicia. Entre ellos, resalta la particularidad de la violencia que afecta las mujeres que se desarrollan profesionalmente en el ámbito de la justicia, que reconoce impregnada de estereotipos de género, y que tiene un poderoso impacto en sus carreras profesionales.

Esta violencia adopta formas diversas: política, laboral, sexual, incluyendo intromisiones en su vida privada. La violencia política que afecta a mujeres que aspiran u ocupan cargos de poder en los sistemas de justicia, busca menoscabar su independencia, afectar su liderazgo, inhibir sus pretensiones para ocupar estos espacios, o desalentar a otras mujeres a postularse a ellos. De hecho, esta violencia -que en América Latina no ha sido muy visibilizada- podría ser una de las causas que explica el reducido número de mujeres calificadas que se postulan a altas magistraturas.

Esta forma de violencia suele ser consecuencia de la resistencia -que el Relator califica como estructural- de los propios sistemas de justicia frente a la presencia de mujeres en puestos de decisión. Según el reporte Women Delivering Justice emitido en 2018 por la Organización Internacional del Derecho para el Desarrollo, si bien debería presumirse que la mayor presencia de las mujeres en la profesión legal y en puestos judiciales inferiores llevaránaturalmente a su ascenso a cargos de direccion, la evidencia muestra justamente lo contrario: que en la medida en que las mujeres avanzan, la resistencia aumenta y se agudiza.

Las mujeres simbólicas o token womenaquellas pocas que llegan a ocupar los altos cargos judiciales o fiscales, y cuya presencia suele usarse como argumento -o incluso como evidencia- de la inexistencia de techos de cristal, también enfrentan estas violencias, pero los sistemas reaccionan más visiblemente ante la posibilidad de que el número de mujeres aumente. Por ejemplo, la Presidenta de la Corte Suprema de Justicia del Perú, Elvia Barrios, la primera en la historia de la judicatura, fue denunciada penalmente cuando decidió ejercer su facultad de designar trece mujeres para ocupar provisionalmente espacios vacantes en la máxima corte, convirtiéndola totalmente paritaria. Esta misma facultad fue ejercida por décadas por otros presidentes de corte sin ningún cuestionamiento al designar exclusivamente a varones.

Las puertas se cierran especialmente para las mujeres independentes, o que podrían no solo atravesar el techo de cristal, sino tomar medidas para desmantelarlo, abriendo paso a otras mujeres. En su informe, el Relator roza tangencialmente este tema, cuando manifiesta su preocupación “de que, bajo la apariencia de nombramientos fundamentados en un enfoque de género, pueden esconderse nombramientos políticos, que no son compatibles con los requisitos de autonomía, independencia e idoneidad.” La jueza oaxaqueña Erika Rodríguez, la mejor calificada dentro de un concurso de selección que además fue planteado en su inicio como paritario, se atrevió a cuestionar judicialmente el resultado cuando, luego de diversas irregularidades, el Gobernador del estado designóa dos jueces varones. En respuesta fue denunciada penalmente, únicamente porque en anteriores concursos en los que ella había participado, no había formulado queja alguna sobre el principio de paridad.

Otras mujeres que han ejercido liderazgos fuertes en la justicia, y han mostrado independencia en el ejercicio del cargo frente a grupos de poder , han sido criminalizadas al punto de verse obligadas al exilio para proteger su integridad personal y la de sus familias. En Guatemala, las ex fiscales generales Claudia Paz y Paz, y Thelma Aldana, además de la ex presidenta de la Corte de Constitucionalidad, Gloria Porras, debieron exiliarse ante los riesgos inminentes de ataques contra su vida e integridad, o la posibilidad de ser detenidas. El exilio impacta además a sus núcleos familiares y para algunas de ellas el castigo es doble: una vez en el exilio, se dictan órdenes de detención que les impiden volver a sus países de origen, y ante las cuales les resulta difícil defenderse desde la distancia.

Las juezas y fiscalas, incluso aquellas que ocupan cargos de decisión, también son víctimas de acoso laboral o sexual. “Existe una extendida renuencia a hablar sobre este tipo de experiencias, pues, en muchas ocasiones, una denuncia podría agravar el problema y evitar cualquier posibilidad de progresión profesional” señala el Relator en su informe.

Aun cuando se refiere a situaciones de acoso que afectaron mayoritariamente a empleadas judiciales -y algunas magistradas auxiliares- el caso de la Corte Constitucional de Colombia es una muestra de los tipos de acoso sexual o laboral que, en general, enfrentan las mujeres que laboran en los sistemas de justicia: en agosto de 2020, más de 160 académicas y abogadas reconocidas y 54 organizaciones de mujeres pidieron que se haga públicoel informe “Las capas del techo de cristal: equidad de género en la Corte Constitucional”, elaborado a pedido de la propia Corte con apoyo de la cooperación internacional. Normalización de burlas sexistas, referidas a la apariencia o a la vida privada, invitaciones a citas o encuentros informales, violencia verbal, tocamientos y solicitudes explícitas para mantener relaciones sexuales en el contexto laboral -provenientes tanto de los pares como de funcionarios de altos cargos-, además de una asignación desproporcionada de las consecuencias del acoso, son situaciones que afectaron a las mujeres que trabajan en la Corte, desde magistradas auxiliares hasta judicantes (pasantes).

Estas formas de acoso no afectan únicamente a las mujeres que ejercen la judicatura en instancias inferiores o a abogadas que ocupan cargos no jurisdiccionales, sino también a las magistradas de altas cortes. Este año, un juzgado condenó a la Rama Judicial al pago de una importante indemnización por los daños causados como consecuencia de los ataques verbales y discriminación sufridos por la ex magistrada del Consejo de Estado Stella Conto Díaz, por parte de sus pares, cuando ella integró el colegiado en 2013. La exmagistrada fue atacada y humillada verbalmente por sus compañeros de colegiado por haber explicado públicamente los fundamentos de su voto en una causa, en una sesión que se decidió por mayoría que no fuera grabada, para no dejar registro de lo ocurrido. La exmagistrada Conto no fue la única en realizar declaraciones públicas, pero sus colegas varones que también lo hicieron, no fueron amonestados.

La exposición de la vida privada es también una forma de violencia que las mujeres en la judicatura deben enfrentar. En un foro reciente, Juezas y Magistradas: Ataques a la independencia judicial desde una mirada de génerola jueza chilena Karen Atala Riffo recordó los hechos de intromisión en su vida privada y familiar, cuando la Corte de Apelaciones de Temuco activó el mecanismo disciplinario para indagar sobre su vida privada y la posible afectación de la imagen del poder judicial, luego de que la prensa diera a conocer detalles sobre una demanda de tuición de sus hijas, interpuesta por su ex marido, por causa de la orientación sexual de la jueza. Aunque no fue sancionada, la exposición de aspectos privados de su vida y la presencia de un ministro visitador que entrevistó a personas de su entorno laboral y social, produjo una afectación grave de sus derechos, que fue posteriormente reconocida en una sentencia de la corte Interamericana de Derechos Humanos que condeno al Estado chileno.

El marco normativo que establece la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, que prohíbe todas las formas de discriminación contra la mujer y proscribe la violencia en razón del género, existe tanto a nivel internacional como en la mayoría de los textos constitucionales en América Latina; pero se requieren medidas institucionales y políticas públicas para enfrentar la violencia contra las mujeres que se desarrollan profesionalmente en los sistemas de justicia, en sus diversas manifestaciones. Para ello podría colaborar, de manera sustantiva, que se diera una nueva mirada a los estándares internacionales sobre independencia judicial, desde una perspectiva de género, que se haga cargo de las formas diferenciadas en que las juezas, fiscalas, defensoras y también las abogadas son criminalizadas, atacadas, acosadas, y estigmatizadas.  


* Directora del Programa de Independencia Judicial de DPLF.

Foto de El Faro: Víctor Peña

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Úrsula Indacochea

Directora de programa de DPLF.