Mediante el presente documento, alcanzamos a la Comisión Especial designada por el Congreso de la Republica peruano, información relevante acerca de los estándares internacionales mínimos que deben ser observados en el proceso de selección de personas candidatas a la alta magistratura del Tribunal Constitucional, tanto en la elaboración de las herramientas recogidas en su Reglamento, como en la aplicación práctica de las mismas. Estos estándares se derivan de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos suscritos por el Estado peruano, y, por lo tanto, constituyen lineamientos que deben ser observados por todos los poderes públicos, de acuerdo con la jurisprudencia interamericana y la jurisprudencia constitucional peruana que define el bloque de constitucionalidad a nivel interno.
Asimismo, en base a los citados estándares, DPLF formula comentarios, observaciones, y recomendaciones al texto de Reglamento, puesto a disposición de la ciudadanía para ese propósito, haciendo un énfasis especial sobre el requisito de la idoneidad ética de las personas aspirantes.