- La omisión de protección a la Reserva del anillo de los cenotes puede producir un desequilibrio ecológico o daños al ambiente o a los recursos naturales de imposible reparación, determinó Jueza Cuarto de Distrito.
- Esta medida marca un hito significativo en la lucha por la conservación del medioambiente y la salvaguardia de los recursos naturales; pues impide que se sigan llevando a cabo proyectos que pudieran poner en peligro la integridad de la reserva geohidrológica, así como el territorio maya circundante.
El colectivo Kanan Ts´ono´ot (Guardianes de los cenotes) anunció que el Juzgado Cuarto de Distrito del Décimo Cuarto Circuito concedió una suspensión definitiva para evitar la imposición de megaproyectos que amenacen el medioambiente y el territorio maya de la reserva geohidrológica del anillo de los cenotes de Yucatán.
En una histórica decisión judicial tomada el pasado 30 de mayo, el Juzgado Cuarto de Distrito reconoció la importancia de preservar la riqueza natural y cultural de esta área protegida y ha tomado medidas para garantizar la protección de este valioso patrimonio.
“Por más de siete años hemos insistido y pedido a las autoridades federales, estatales y municipales que establezan medidas que frenen la creciente afectación ambiental y territorial de Homún” señaló José May, miembro de Kanan Ts´ono´ot.
Ante las omisiones de las autoridades, el colectivo presentó el amparo ante la Justicia Federal para demandar la protección y reconocimiento de los cenotes como sujetos de derecho con la finalidad de resguardar con el más alto estándar sus derechos a un medio ambiente sano, a su autodeterminación y a la protección de su legado cultural.
Dicho amparo fue admitido el 6 de marzo, fecha en la cual la Jueza Cuarto de Distrito determinó otorgar la suspensión provisional en tanto las autoridades señaladas como responsables emitieran sus respuesta frente a la demanda presentada. Luego de conocer las alegaciones de las autoridades responsables, la jueza determinó que sí existían argumentos para mantener la suspensión debido el riesgo de afectación ambiental que corren los cenotes.
La suspensión definitiva se concedió bajo los argumentos de que la demora de las autoridades en responder a las peticiones del pueblo maya coloca en peligro el derecho de acceso a una justicia pronta y expedita, así como el principio de precaución del derecho ambiental. Además, las omisiones violan los derechos establecidos en la Constitución, ya que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano.
Sumado a ello, el uso intensivo y a gran escala de mega proyectos, como la industria porcícola, los monocultivos relacionados con los transgénicos, la expansión turística e inmobiliaria y otros proyectos extractivos, han contaminado el acuífero de la península de Yucatán, especialmente los cenotes, causando daños irreversibles al medio ambiente y afectando los derechos fundamentales de los pueblos mayas y el equilibrio de los territorios en los que viven.
“Es evidente que el actuar omiso de las responsables de dar contestación a lo peticionado, puede producir un desequilibrio ecológico o daños al ambiente o a los recursos naturales de imposible reparación”, señaló la jueza en el fallo.
Si bien esta suspensión definitiva no significa que el amparo haya sido ganado por Kanan Ts´ono´ot, sí representa una medida que impide que continúe la implementación de megaproyectos de toda índole en el territorio maya de Homún debido al riesgo irreparable que podrían conllevar para el medioambiente y los derechos culturales del pueblo.
Además de la omisión de las autoridades de proteger el entorno ecológico único que representa la reserva del anillo de los cenotes, destaca también su negativa de reconocer a los cenotes como sujetos de derechos y a las y los integrantes de los pueblos mayas como sus guardianes. El cambio de paradigma conllevaría transitar de una visión meramente antropocéntrica, en donde la naturaleza está al servicio del ser humano, a una de carácter ecocéntrico, en donde el concepto de dignidad reconocido a las personas, se debe de ampliar a los diversos elementos naturales que, como en el caso de los cenotes, forman ecosistemas únicos que son fundamentales para la garantizar un adecuado equilibrio ecológico.
En ese sentido, el juicio iniciado por Kanan Ts´ono´ot puede sentar un precedente importante que, por una parte, abra la puerta para que a nivel judicial se siga avanzando en la construcción de criterios que protejan a la naturaleza bajo un estándar distinto; y, por otra, refuerce el ejercicio de la libre determinación de los pueblos originarios al darles la posibilidad de cuidado y administración de los cenotes por su importancia no sólo ambiental sino también cultural.
El objetivo último de reconocer a los cenotes como sujeto de derechos es mejorar las condiciones naturales y sociales frente a la explotación, contaminación y otros riesgos a los que se ha expuesto a las personas habitantes de esta zona y los cenotes mismos, y que los pueblos mayas puedan ejercer la guardianía ancestral sobre los cenotes y encabezar los esfuerzos para su protección y restauración.
La posible resolución a favor del reconocimiento de derechos de los cenotes colocaría a México a la vanguardia de la protección ambiental y contribuiría a establecer medidas más efectivas para garantizar su derecho a un medio ambiente sano, a la conservación de su patrimonio cultural, así como al respeto de la autodeterminación de los pueblos y comunidades indígenas.
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