De la confiscación a la justicia: por qué el Congreso de Estados Unidos debe aprobar el Fondo para la Restauración de Venezuela en la Ley PANA

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María Alejandra Márquez

Fundadora de INRAV y presidenta ejecutiva de El Tiempo.

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Hasta marzo de 2026, al menos 4.000 millones de dólares en activos vinculados a la corrupción en Venezuela ya han sido confiscados mediante 80 procesos judiciales en los Estados Unidos. Sin embargo, la población venezolana —la verdadera víctima de esta corrupción— no se ha beneficiado de estas recuperaciones.

La pregunta que enfrentan hoy los responsables de formular políticas públicas ya no es si los activos ilícitos deben ser confiscados; ese proceso ya está en marcha. La pregunta urgente es si Estados Unidos garantizará que esos activos se utilicen para reparar los daños causados por décadas de corrupción y autoritarismo.

En la Iniciativa para la Recuperación de Activos Venezolanos (INRAV) creemos que la respuesta está en vincular la confiscación con la restitución. La propuesta legislativa conocida como la Ley para Preservar la Rendición de Cuentas sobre los Activos Nacionales (PANA Act) constituye una vía práctica y jurídicamente sólida para lograr este objetivo, y fue recientemente reintroducida con apoyo bipartidista en el 119.º Congreso bajo el número H.R. 9039.

La propuesta ya ha demostrado que el apoyo al pueblo venezolano trasciende las divisiones partidistas. En septiembre de 2025, tras esfuerzos conjuntos de incidencia de INRAV y la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), la Ley PANA fue aprobada por unanimidad en el Comité de Asuntos Exteriores de la Cámara de Representantes como una enmienda a la Ley de Reautorización del Departamento de Estado, reflejando así un amplio consenso bipartidista. Esa votación envió un mensaje importante: la causa de la rendición de cuentas, la justicia y la recuperación democrática de Venezuela no es un asunto partidista; es una cuestión de principios.

Con su reintroducción, el Congreso de los Estados Unidos debería votar a favor de la Ley PANA y respaldar a los venezolanos en este momento decisivo de su historia.

 

La brecha de justicia en la recuperación de activos

Durante la última década, investigaciones de corrupción en todo el mundo han revelado enormes flujos financieros ilícitos vinculados a funcionarios venezolanos y sus redes. Solo en Estados Unidos, 61 de los 80 casos de lavado de dinero y corrupción han concluido con órdenes definitivas de confiscación de activos provenientes de actividades ilícitas.

Para calcular la cifra estimada de 4.000 millones de dólares en órdenes de confiscación a marzo de 2026, INRAV utilizó documentos judiciales públicos para crear el Venezuela Loot Tracker, o Rastreador de Activos Venezolanos. Aunque es poco probable que esta cifra represente el monto final disponible, debido a que tocará deducir costos administrativos y depreciación de activos, tanto el número de casos como el monto recuperable continuarán creciendo a medida que se procesen nuevos casos.

Estas confiscaciones representan un logro importante para el Estado de derecho. Pero también revelan un problema estructural: la confiscación rara vez conduce a la restitución.

Bajo la legislación estadounidense actual existen tres mecanismos principales para devolver activos confiscados. Uno es el reparto internacional de activos, que permite transferir fondos decomisados a un gobierno extranjero que haya colaborado en la investigación. Otro es la remisión administrativa, diseñada para compensar a víctimas identificables. El tercero es la restitución ordenada por los tribunales, aplicable cuando las víctimas pueden demostrar una pérdida directa y próxima.

La crisis de corrupción venezolana no encaja fácilmente en estas categorías legales. Las instituciones venezolanas fueron progresivamente desmanteladas bajo Hugo Chávez, se deterioraron aún más bajo Nicolás Maduro y esa situación permanece intacta bajo Delcy Rodríguez.

Graves violaciones de derechos humanos han sido cometidas en Venezuela y documentadas por la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos de las Naciones Unidas. Este organismo ha señalado la necesidad de investigar la relación entre estos crímenes y la gran corrupción. El impacto de la gran corrupción ha convertido a toda la población en víctima y ayuda a explicar el colapso de los servicios públicos en el país.

 

El desafío de la restitución en Estados capturados

Venezuela enfrenta hoy una realidad política e institucional que complica los mecanismos tradicionales de devolución de activos. Las instituciones del Estado continúan profundamente debilitadas por la corrupción y el control autoritario. Devolver directamente los activos confiscados a las autoridades gubernamentales implicaría el riesgo de colocar esos recursos nuevamente en manos de las mismas redes que los saquearon.

Como resultado, los activos confiscados suelen permanecer indefinidamente en fondos de decomiso estadounidenses mientras las autoridades esperan una futura transición política que permita su devolución segura.

Este enfoque puede ser jurídicamente prudente, pero tiene consecuencias importantes. Retrasa la justicia para las víctimas, expone los activos a incertidumbres políticas y legales, e ignora las urgentes necesidades humanitarias y democráticas de la sociedad venezolana.

Más importante aún, supone que la restitución debe esperar un momento político perfecto. En realidad, la reconstrucción de las instituciones democráticas venezolanas tomará años. Esperar a que ese proceso concluya podría significar perder la oportunidad de utilizar estos activos para el propósito para el cual fueron recuperados.

Las normas internacionales y estadounidenses sobre recuperación de activos reconocen este desafío. Estados Unidos es parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC) y copatrocinó el Foro Global sobre Recuperación de Activos (GFAR) en 2017. Los Principios para la disposición y transferencia de activos confiscados establecen que los recursos recuperados deben beneficiar a las poblaciones afectadas por la corrupción y ser administrados con transparencia, rendición de cuentas y participación de la sociedad civil. Asimismo, destacan que los mecanismos de restitución deben evitar la revictimización y garantizar que los activos no vuelvan a ser capturados por actores corruptos.

Sobre todo, estos principios reconocen que la recuperación de activos no está completa hasta que los recursos confiscados beneficien efectivamente a las víctimas.

 

La solución: la Ley PANA

La Ley PANA aborda directamente este problema. Propuestas similares han sido incluidas anteriormente en distintos proyectos legislativos, lo que demuestra que la idea de crear un fondo de esta naturaleza ha contado históricamente con respaldo bipartidista. De hecho, la primera vez que una ley incluyó disposiciones relativas a la recuperación de activos robados al pueblo venezolano fue en la Ley VERDAD de 2019.

La legislación propone la creación de un Fondo para la Restauración de Venezuela, un mecanismo específico que permitiría preservar y utilizar de manera transparente los activos confiscados vinculados a la corrupción venezolana para beneficio del pueblo venezolano. Su diseño es jurídicamente sólido:

Primero, no interfiere con el proceso de confiscación. Los activos ingresarían al fondo únicamente después de que un tribunal estadounidense emita una orden definitiva de confiscación, por lo que el debido proceso es respetado y el origen ilícito de los bienes ha sido debidamente establecido.

Segundo, el fondo opera dentro de los mecanismos de supervisión existentes en Estados Unidos. Los activos permanecerían bajo custodia del Departamento del Tesoro y serían administrados por el Departamento de Estado. Así, se asegura el cumplimento de las leyes americanas, la supervisión del Congreso y se toman en cuenta consideraciones de política exterior.

Finalmente, la Ley PANA garantiza que los activos no puedan ser capturados por acreedores que persigan reclamaciones contra Venezuela y prioriza su uso en beneficio de las víctimas mediante apoyo a medios independientes, organizaciones de la sociedad civil, esfuerzos anticorrupción y fortalecimiento institucional democrático. Aunque INRAV y WOLA consideran deseable fortalecer el texto para blindar aún más el fondo frente a usos no relacionados con su propósito, la propuesta constituye un excelente punto de partida y podría perfeccionarse en futuras reautorizaciones.

El efecto más relevante que se deriva del diseño del Fondo es que estas prioridades reflejan un principio internacional esencial de la anti-corrupción: la recuperación de activos no está completa hasta que los recursos confiscados beneficien a las víctimas.

 

La recuperación de activos como un asunto de derechos humanos

En Venezuela, lo que está en juego no podría ser más importante. La corrupción sistémica ha contribuido al colapso de los servicios públicos, la erosión de las instituciones democráticas y una de las mayores crisis de desplazamiento del mundo no causada por un conflicto armado. Cerca de ocho millones de venezolanos se han visto obligados a abandonar el país.

Al mismo tiempo, periodistas independientes, defensores de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil continúan trabajando bajo condiciones de represión y severas limitaciones de recursos. La eliminación de gran parte de la asistencia internacional y el desmantelamiento de USAID afectaron profundamente a la sociedad civil venezolana. Aunque la recuperación de activos es distinta de la ayuda exterior, estos recursos podrían utilizarse con fines similares sin trasladar el costo a los contribuyentes estadounidenses.

En este contexto, la recuperación de activos no puede tratarse como una cuestión meramente técnica. Cada dólar confiscado representa recursos que fueron desviados de hospitales, escuelas, infraestructura y programas sociales. Garantizar que esos activos beneficien a la población venezolana no es un acto de caridad; es una cuestión de justicia.

 

Una oportunidad bipartidista

La aprobación bipartidista de la Ley PANA demostró que los legisladores estadounidenses reconocen tanto la importancia moral como estratégica de este asunto. El apoyo al pueblo venezolano ha sido históricamente un área de consenso bipartidista en la política exterior de Estados Unidos. Los intentos previos de aprobar una legislación similar, como la Ley VERDAD, y el voto unánime del comité demuestran y reafirman esa tradición.

Al considerar los próximos pasos de esta legislación, el Congreso tiene una oportunidad excepcional de transformar la recuperación de activos de un proceso puramente punitivo en un mecanismo de justicia restaurativa. Al vincular la confiscación con una vía transparente de restitución, Estados Unidos puede establecer un precedente internacional sobre cómo deben devolverse los activos robados cuando la restitución tradicional entre Estados no es posible.

Este tipo de liderazgo no solo beneficiaría a los venezolanos, sino que fortalecería los esfuerzos globales contra la corrupción y reforzaría el principio de que los recursos públicos robados pertenecen al pueblo al que se los arrebataron.

 

El siguiente paso

Durante demasiado tiempo, el sistema global de recuperación de activos ha tratado la confiscación como el último paso del proceso. El caso venezolano demuestra que la confiscación es apenas el comienzo. El verdadero desafío consiste en garantizar que los activos recuperados sirvan finalmente al interés público.

La Ley PANA ofrece una forma práctica de alcanzar ese objetivo. Al establecer un mecanismo transparente y responsable para el uso de los activos venezolanos confiscados, garantiza que la justicia no termine en una cuenta congelada. En cambio, crea una vía para la restitución que reconoce al pueblo venezolano como el legítimo beneficiario de los recursos que la corrupción le arrebató.

 

 

 


Sobre la autora: María Alejandra Márquez es fundadora de INRAV, una organización no gubernamental con sede en Estados Unidos que, desde 2020, promueve la recuperación de activos decomisados a individuos venezolanos corruptos y su devolución en beneficio de la población venezolana. También es presidenta ejecutiva de El Tiempo, un medio regional independiente con 67 años de trayectoria en el oriente de Venezuela. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) y posee una maestría en Estudios de Política de Comunicación de City University de Londres.

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