Elecciones judiciales en México: un modelo que no debe imitarse

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Luis Tapia Olivares

Abogado, profesor y consultor enfocado en temas relacionados con los sistemas de justicia y la prevención de graves violaciones a derechos humanos.

“[L]a Misión no recomienda que este modelo de selección de jueces se replique para otros países de la región”, es la última frase del informe preliminar de la Misión de Observación Electoral de la OEA que observó las primeras elecciones judiciales en México.

El 1 de junio de 2025, México llevó adelante un proceso electoral controvertido e inédito. Bajo la promesa de democratizar, dotar de legitimidad y eliminar la corrupción del poder judicial, se introdujo el voto popular como método para elegir al poder judicial. El proceso fue inédito porque nunca antes un país del mundo ha elegido a la totalidad de los integrantes del poder judicial mediante el voto popular. La promesa es tentadora para México y para cualquier país de la región. El poder judicial es percibido, muchas veces con razón, como lejano a la población y corrupto. Por ello, afirmar que el voto popular es la solución para los males que aquejan al poder judicial es provocativo.

No obstante, los primeros resultados del modelo mexicano de elección judicial evidencian riesgos y preocupaciones que es recomendable evitar. A continuación, revisaré algunos aspectos de las elecciones judiciales para entender por qué la Misión de Observación Electoral de la OEA (en adelante “la Misión de la OEA” o “la Misión”) recomendó no replicarlas. Para ello, me basaré en varias de las conclusiones y recomendaciones de dicha Misión.

En primer lugar, las elecciones judiciales no generaron entusiasmo entre la ciudadanía. La Misión constató que apenas 13% de las personas que podían votar acudieron a las urnas. Además, el 3% anuló su voto. De este modo se completó uno de los niveles más bajos de votación en la región de acuerdo con la Misión de la OEA. En comparación, en las elecciones de 2024 donde se eligió a la presidenta Claudia Sheinbaum, participó el 60% de la lista nominal.

Al respecto, la Misión de la OEA señaló la necesidad de tener “una reflexión integral respecto a la naturaleza de este proceso y la forma en que ha sido llevado adelante” dado el desinterés mostrado por el electorado. Si se buscaba legitimar al poder judicial con la participación popular, el experimento fracasó. Hay varias explicaciones, pero una de ellas es que había tantas candidaturas y el proceso electoral era tan complejo, que la abrumadora mayoría decidió no participar. Por poner un ejemplo, mientras en unas elecciones regulares cada votante debe elegir a una persona por boleta electoral en estas elecciones debían elegir hasta 10 personas por boleta.

En segundo lugar, el proceso puede provocar la desprofesionalización de la función judicial. Los requisitos para acceder a los cargos fueron mínimos. Por ejemplo, para integrar la Suprema Corte de Justicia, el nuevo Tribunal de Disciplina Judicial y el Tribunal Electoral, la Constitución pide acreditar apenas cinco años en el ejercicio profesional. Para las magistraturas de circuito se deben acreditar tres años y para los juzgados federales no se pide ninguna experiencia en el área jurídica.

Adicionalmente, la reforma judicial introdujo Comités de Evaluación en cada uno de los tres poderes (ejecutivo, legislativo y judicial) que debieron fungir como filtros técnicos. Sin embargo, su papel fue deficiente. Dichos Comités fueron conformados por poderes políticos y partidizados. Además, fueron integrados por personas cercanas al oficialismo. La Misión de la OEA añadió que no existió un periodo y un mecanismo para que la ciudadanía pudiera impugnar el nombramiento de los integrantes de los Comités.

Asimismo, la metodología de trabajo de los Comités de Evaluación no fue estandarizada, lo que provocó que los niveles de exigencia para evaluar la idoneidad de las candidaturas fueran diferentes. A partir de ello, la Misión de la OEA concluyó que “no h[ubo] garantías de que quienes resulten electos/as tengan la solvencia técnica, la idoneidad y las capacidades específicas que los cargos que asumirán requieren”.

En efecto, durante las campañas y una vez celebradas se descubrió que a los Comités no lograron filtrar candidaturas que no cumplían requisitos mínimos. Asimismo, los exámenes rigurosos fueron sustituidos por sorteos realizados entre personas no aptas para ocupar las más altas funciones judiciales.

Por todo ello, la Misión de la OEA recomendó incluir un mínimo de experiencia profesional en el área jurídica para todos los cargos judiciales. Además, incluir requisitos adicionales para cargos de mayor jerarquía. Respecto a los Comités de Evaluación, la Misión recomendó realizar modificaciones legislativas para regular con precisión las etapas de selección de las personas aspirantes. Asimismo, recomendó ampliar la legitimación para impugnar las decisiones de los Comités respecto a la idoneidad de las candidaturas. Una recomendación fundamental fue encomendar la evaluación de las candidaturas a un órgano único –en vez de tres– que esté separado institucionalmente de los tres poderes del Estado.

En tercer lugar, la Misión de la OEA revisó la difusión de las candidaturas y la organización electoral. La conclusión de la Misión fue que el modelo de comunicación que se implementó fue excesivamente restrictivo. La razón principal fue la ausencia de mecanismos de financiamiento público y privado para las elecciones judiciales.

Con relación a ello, se constató que se prohibió a personas candidatas comprar anuncios en radio y televisión, en redes sociales u otros espacios públicos. A su vez, la Misión fue informada que el número de debates y foros entre personas candidatas fue reducido. Salvo excepciones, las personas candidatas no tuvieron acceso a espacios para entrevistas en medios de comunicación. Algunas personas candidatas tuvieron mayor cobertura porque los medios de comunicación las invitaban con mayor frecuencia. El Instituto Nacional Electoral (INE), por su parte, no cedió espacios en radio y televisión a las candidaturas para que pudieran darse a conocer. En su lugar, dichos espacios fueron utilizados para difundir aspectos procedimentales de las elecciones. Además, el INE estableció el portal Conóceles para difundir perfiles de los postulantes. Pese a que fue una herramienta valiosa tuvo un alcance limitado.

Por otra parte, el presupuesto otorgado al INE para organizar la elección fue del 52% de lo que dicho Instituto solicitó. Esto implicó desafíos importantes para el INE pues organizó un proceso de elevada complejidad en un plazo acotado. Por ejemplo, para reducir costos el INE instaló el 50% de casillas en comparación con las elecciones de 2024.

Frente a todo ello, la Misión recomendó reforzar el presupuesto para asegurar la difusión de las candidaturas y los cargos a elegir. Además, recomendó introducir algún mecanismo de financiamiento público. Respecto al presupuesto del INE recomendó asegurar que se le dote de recursos adecuados para futuros procesos electorales.

Un tema importante fue la denuncia pública de la intervención del oficialismo para imponer sus candidaturas. Por lo difícil del proceso, en la parte final de las campañas políticas varias personas empezaron a elaborar guías para votar. Pronto se les llamó acordeones (nombre coloquial para los apuntes utilizados para copiar en los exámenes). La Misión de la OEA constató la existencia de denuncias por el reparto de acordeones –listados de candidatos por los que debía votarse y que supuestamente fueron repartidos por partidos y estructuras de gobierno locales. La Misión apuntó que de comprobarse la difusión masiva o por servidores públicos de los acordeones, podría constituir propaganda no permitida y un intento de coacción del voto. Cabe apuntar al respecto que 20 días antes de la elección judicial un periodista publicó una operación gubernamental para nombrar a nueve candidatos y candidatas a la SCJN, cinco para el Tribunal de Disciplina Judicial y dos para la Sala Superior del Tribunal Electoral. Lo grave de la denuncia es que, al final, todas las personas resultaron electas.

La Misión de la OEA concluyó su informe preliminar calificando el proceso electoral judicial como “sumamente complejo y polarizante” con “múltiples oportunidades de mejora”. Para la Misión, a la ciudadanía y a las instituciones mexicanas corresponde evaluar si el modelo de selección judicial basado en el voto popular contribuye a fortalecer la administración de justicia o si, por el contrario, debilita la transparencia, la imparcialidad, la independencia y la eficacia del poder judicial.

En suma, las primeras conclusiones sobre los resultados de las elecciones judiciales en México envían el mensaje al exterior de que ningún país que busque fortalecer su sistema de justicia debería imitar el caso mexicano.

 


Créditos de fotografía: OEA, vía Twitter.

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Luis Tapia Olivares

Abogado, profesor y consultor enfocado en temas relacionados con los sistemas de justicia y la prevención de graves violaciones a derechos humanos.

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